domingo, 14 de abril de 2019

Deudas y deudores




Acreedores, hostigadores

Desde que tengo uso de razón, todo lo que tengo lo obtuve mediante un crédito en cuotas. Los viajes los he realizado con las tarjetas en cuotas... pero jamás estuve tan complicada como ahora y viendo que a mucha gente le pasa lo mismo.

A raíz de los constantes aumentos, y que ya no es fácil la venta de servicios, cumplir con las obligaciones ha pasado a ser un ta te ti, este ahora no y este si...

Imposible cumplir con todo y además por cualquier atraso te envían al veraz.

Con lo cual he llegado a la conclusión que en las épocas que vivimos no paga el que quiere sino el que puede.

Pero gracias a una amiga que es asesora de apoyo al consumidor, me ha llegado a mis manos una nota reveladora realizada por abogados.

Tenía la costumbre de atender a todos los bancos, ahora abogados, pero desde que tienen cero tacto y son amenazadores me vi en la obligación de hacer lo mismo, defender mis derechos y acá estoy aportando un grano de arena con mi experiencia de consumidora mal administrada.

Cuando le conté a una amiga lo mal que me trataban los que llamaban onda me importa un bledo que le debas a otros, yo te tengo que cobrar esta deuda nuestra, veo que le debes a otros y les pagas a ellos y a nosotros no, te van a embargar el sueldo y la vas a pasar mal. Eso es HOSTIGAMIENTO y se castiga si los denuncias.

En fin, hay cosas que ya no se pueden pagar así que NO PAGO, como por ejemplo esa deuda del año del pepe que te avisan 6 meses después que acumuló intereses que existe... o un débito automático que no diste de baja y sumó meses, o renovaciones de tarjetas que nunca usaste.

Así que acá hay una excelente nota que espero pueda ayudarte a recuperar el sueño por las deudas que no te dejan dormir, porque sos responsable y no es posible afrontar todooooos los aumentos, deudas, impuestos y gastos no pensados cotidianos.

Dice cosas interesantes como:

Ud. dispone de derechos

No obstante que pueda existir la deuda, no PAGUE, el cobro de la misma debe ser reclamada respetando su dignidad, brindando toda la información necesaria para poder determinar la legitimidad de la misma y no desplegar ninguna conducta de cobranza que acose, intimide, humille o avergüence a su persona. Para que tenga validez legal la intimación, debe ser efectuada con un requerimiento auténtico: Carta Documento o un acta de escribano. Por lo que puede reclamar el cese de acoso e incluso los daños y perjuicios sufridos y sanciones al infractor. Ud. tiene derecho a reclamar.

LEGISLACIÓN APLICABLE:

Ley 24.240 Defensa del Consumidor: 

ARTICULO 8º bis: Trato digno. Prácticas abusivas.

Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. No podrán ejercer sobre los consumidores extranjeros diferenciación alguna sobre precios, calidades técnicas o comerciales o cualquier otro aspecto relevante sobre los bienes y servicios que comercialice.


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